Tramite a través del cual las personas físicas o morales, que realizaron un pago de lo indebido de los impuestos estatales (Sobre Nóminas, Hospedaje, Honorarios y del Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos) y generaron un depósito duplicado o con saldo a favor mediante declaración, pueden optar por compensar las cantidades, mediante solicitud por escrito.
A personas físicas y morales que hayan realizado pagos de lo indebido y requieran tramitar su compensación.
60 días hábiles
01 de enero a 31 de diciembre de 2025
Oficio de Resolución.
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Dirección General de Recaudación y/o Centros Regionales de Atención al Contribuyente
60 días hábiles
Oficio de resolución
Este trámite/servicio no cuenta con inspector/verificador/visita
Deberán presentar hoja de trabajo que demuestre el error en el cálculo del impuesto a pagar en el caso de que sea por error aritmético.
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M.A.C. Juana Guadalupe Lara López
Subdirección de Control Financiero
0177176000 EXT. 2421
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