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Pago a plazos en materia de impuestos federales (DGAF)

Secretaría: Secretaría de Finanzas Públicas
Dependencia: Secretaría de Finanzas Públicas
Homoclave: SFP/SFP/998
Fecha de última actualización: 3/31/2023, 2:54:28 PM
Nivel de digitalización: Iniciar en línea
Canal de atención: Hacer en línea



Descripción

Descripción: Solicitud de autorización para pago a plazos de contribuciones federales de forma diferida o parcialidades hasta 36 meses. Objetivo: Que las persona física y morales paguen la totalidad de los créditos fiscales o adeudos de carácter fiscal a favor de la Entidad.

A quién va dirigido

Personas Físicas y Morales que lo soliciten.

Tiempo de respuesta

15 días hábiles después que el contribuyente cumpla con los requisitos

Vigencia

12 meses tratandose de pago diferido y hasta 36 meses tratándose de pafo en parcialidades

Comprobante a obtener

Autorización para realizar el pago en parcialidades y formato para el pago de Contribuciones Productos y Aprovechamientos Estatales, Federales y Municipales F-7

Requisitos

• Dos tantos de la solicitud por escrito señalando lo siguiente: o Nombre completo, denominación o razón social. o Domicilio para oír y recibir notificaciones. o Clave del RFC. o Dirección de correo electrónico y número de teléfono del contribuyente. o Autoridad a quien va dirigido. o El número de crédito o la manifestación de que se trata de un adeudo autodeterminado. o El monto del crédito por pagar a plazos, ya sea en parcialidades o diferido, y el periodo que comprende la actualización en los términos del inciso a, fracción II, del artículo 66 del Código Fiscal de la Federación. o El monto de los accesorios causados, identificando la parte que corresponda a recargos, multas y otros accesorios. o La manifestación de que realizó el pago de cuando menos el 20% del total del crédito. o La modalidad en la que desea pagar:  Tratándose del pago en parcialidades el plazo no podrá exceder de 36 meses.  Tratándose de pago diferido, se debe señalar la fecha en la que se cubrirá el crédito, sin que exceda de 12 meses. o La garantía del interés fiscal ofrecida o en su caso, la solicitud de dispensa de la misma. • Presentar la siguiente documentación anexa. o Constancia de situación fiscal. o Declaración normal o complementaria por corrección fiscal del adeudo motivo de la solicitud. o Comprobante de pago del 20% del crédito. o Copia simple y original para cotejo de la identificación oficial vigente de la persona física y/o del representante legal, así como del acta constitutiva y/o poder notarial del representante legal, en el caso de personas morales. o Los documentos que acrediten la garantía del interés fiscal.

Etapas del trámite o servicio


Ingreso de solicitud, verificación y validación de documentos, requerimiento de información en su caso y resolución de autorización emitida por las autoridades fiscales competentes.
Área de atención

Subsecretaría de Ingresos

Tiempo de resolución

15 días hábiles contados a partir de que acredite ante la autoridad que cumple con los requisitos.

Producto

Resolución de autorización de pago en parcialidades o de negativa de autorización

Inspección /Verificación /Visita

Este trámite/servicio no cuenta con inspector/verificador/visita

Observaciones


Siempre y cuando cumpla con los requisitos antes señalados, se autorizara el pago en parcialidades, en caso contrario se le requerirá la información faltante, si el solicitante no cumple con el requerimiento se tendrá por no presentada su solicitud.

Ligas de Interés

Portal de Gobierno del Estado de Hidalgo
Portal de la Secretaría de Finanzas Públicas

Fundamento legal

14, 16 y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
Cláusulas PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA; CUARTA párrafos primero, segundo y cuarto; OCTAVA primer párrafo, fracción I, inciso b y d) y fracción III inciso a); y DÉCIMA párrafo primero, fracciones I y II, del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Hidalgo
1, 2, 3, 12 fracción II, 71 fracción XXIV, 73, 81, 105, 106 y 107 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.
8 y 26 del Código Fiscal del Estado de Hidalgo
1, 2, 3, 13 fracción II, 19, 21, 25 fracciones I, II, V, X y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo
1, 2, 4, 5, 6 fracción III inciso a) y último párrafo de este artículo, 7, 8, 9 primer párrafo, fracciones I, II, IV, VI y XII, 10, 11, 12, 13, 14 primer párrafo fracciones I, XXIII, XXVI, 25 primer párrafo fracciones V y XX, 30 fracciones II y XXII y 31 fracciones I, XVIII, XXIV, XXV y XXXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo
66 y 66-A del Código Fiscal de la Federación.
65 y 85 del Reglamento del Código Fiscal de la federación.
Reglas 2.13.2 y 2.13.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021

Sustento legal para su cobro

Derechos del usuario ante la negativa o falta de respuesta

Negativa ficta

Lugares para reportar presuntas anomalías de transparencia


Dirección:

Calle Av. Revolución , 1104, ., Colonia, Periodistas, Pachuca De Soto, Pachuca De Soto, Hidalgo.

Teléfono(s)

771- 717-60-00 Ext. 8915

Correo

lilianavt@hidalgo.gob.mx

Otros

Áreas de atención


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Responsable

Maestra Lucía Liliana Vega Tapia

Cargo

Subsecretaría de Ingresos

Teléfonos

771-717-60-00 Ext. 8915

Correo electrónico
lilianavt@hidalgo.gob.mx
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