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Pago a plazos de contribuciones en materia Federal (DGAC)

Secretaría: Secretaría de Hacienda
Dependencia: Secretaría de Hacienda
Homoclave: SH/SH/998
Fecha de última actualización: 3/3/2026, 8:13:53
Nivel de digitalización: Iniciar en línea
Canal de atención: Hacer en línea



Descripción

El pago a plazos es una modalidad que permite que los contribuyentes cubran las contribuciones federales omitidas y sus accesorios, ya sea de forma diferida o en parcialidades, sin que dicho plazo exceda de treinta y seis meses tratándose del pago en parcialidades y de doce meses para el pago diferido. Se deben cumplir los requisitos señalados, incluyendo un pago inicial de cuando menos el 20% del monto total adeudado actualizado, la diferencia quedará financiada con una tasa de recargos sobre saldos, que va del 1.26% al 1.82%, según corresponda al número de parcialidades, así como la tasa del 1.82% para pago diferido.

A quién va dirigido

Personas físicas y morales que cuenten con créditos fiscales a cargo, en términos del Código Fiscal de la Federación, y quieran regularizar su situación fiscal.

Costo


0

Área de Pago


.

Tiempo de respuesta

15 días

Vigencia

Corresponde a la establecida en la resolución que emita la autoridad fiscal

Comprobante a obtener

*Acuse de recibo o Folio de Solicitud. *Oficio de emisión de línea de captura. *F-7 (línea de captura) por concepto del pago inicial de cuando menos el 20%. *Resolución de autorización o de no autorización. *Formatos F-7 (líneas de captura) de las parcialidades autorizadas.

Requisitos

.
Descripción

1. Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que se señale: a) Nombre, denominación o razón social de la empresa si se trata de persona moral. b) Domicilio fiscal manifestado en el RFC. c) Clave en el RFC. d) Señalar la autoridad a la que va dirigido. e) El propósito de la promoción. f) Dirección de correo electrónico. g) Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. Adicionalmente, deberás manifestar y/o adjuntar lo siguiente: h) Si se trata de un adeudo ya controlado por la autoridad fiscal, indicar el número de la resolución determinante. i) Todos los hechos y circunstancias relacionados con el motivo de la promoción, debiendo acompañarlos con los documentos e información que soporten tales hechos o circunstancias. j) De ser el caso, el monto del adeudo a pagar a plazos, ya sea en parcialidades o diferido, especificando la contribución y/o aprovechamiento, los accesorios causados y el periodo al que corresponden. k) Manifestar si desea realizar un pago inicial mayor al 20% del adeudo actualizado, señalando en tal caso el porcentaje correspondiente. l) La modalidad que hayas elegido del pago a plazos, en parcialidades o de manera diferida: *En el pago en parcialidades, se deberá señalar el plazo en el que se cubrirá el adeudo fiscal, sin que exceda de 36 meses. *Para el pago diferido, se deberá señalar la fecha en la que se cubrirá el adeudo fiscal, sin que exceda de 12 meses, a partir de la fecha de solicitud. 2. Identificación oficial (Apartado I. Definiciones; punto 1.2. inciso A), del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025). En caso de ser representante legal: 3. Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público (original y copia simple para cotejo). 4. Instrumento para acreditar que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo). * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. inciso C), del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025. 5. Cubrir cuando menos el 20% del total del crédito fiscal actualizado, como pago inicial.

Etapas del trámite o servicio


1. Ingreso de solicitud de pago a plazos (Forma presencial o vía Oficina Virtual). 2. Validación de solicitud y documentos. 3. Notificación del oficio de emisión de línea de captura y entrega del F-7 por concepto del pago inicial de cuando menos el 20%. 4. Realización del pago y entrega a la autoridad de la documentación que lo acredita. 5. Emisión y notificación de la resolución de autorización de pago a plazos, acompañada de los respectivos Formatos F-7 (líneas de captura).
Área de atención

Dirección General de Atención al Contribuyente.

Tiempo de resolución

15 días hábiles, posteriores al cumplimiento de requisitos o al vencimiento del plazo del requerimiento.* *En caso de no cumplir con todos los requisitos, se le notificará de manera personal el requerimiento de información o documentación faltante, a fin de que en un plazo de cinco días hábiles cumpla con los requisitos omitidos.

Producto

Resolución de autorización o de no autorización.

Inspección /Verificación /Visita

Este trámite/servicio no cuenta con inspector/verificador/visita

Observaciones


1. Para el pago diferido, la tasa de recargos será de 1.82% mensual. 2. Para el pago en parcialidades: *De 1 a 12 meses la tasa a aplicar será de 1.26%; *De 13 a 24 meses la tasa a aplicar será de 1.53%; *De 25 a 36 meses la tasa a aplicar será de 1.82%. 3. No podrá pagar bajo esta modalidad las contribuciones siguientes: *Aquellas que debieron pagarse en el año de calendario en curso. *Las que debieron pagarse en los seis meses anteriores al mes en el que solicite la autorización. *Contribuciones y aprovechamientos que se causen con motivo de la importación o exportación de bienes y servicios. *Contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas. *Cuando procediendo el pago a plazos, no se presente la solicitud de autorización correspondiente en los plazos establecidos y cuando dicha solicitud no se presente con todos los requisitos a que se refiere el artículo 66 del Código Fiscal de la Federación. 4. Las contribuciones no parcializables deberán pagarse en una sola exhibición.

Ligas de Interés

Portal de Gobierno del Estado de Hidalgo
Portal de la Secretaría de Hacienda
Portal Tributario Hidalgo
Oficina Virtual

Fundamento legal

Artículos 8, 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículos 1, 10, 13, 14 y 15 de la Ley de Coordinación Fiscal
Cláusula Primera del Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Hidalgo
Cláusulas Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Octava, Décima Cuarta y Décima Séptima del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado entre el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Hidalgo
Artículos 1, 4, 5, 6, 17-A, 18, 18-A, 19, 20, 21, 27, 34, 37, 38, 65, 66, 66-A y 69 del Código Fiscal de la Federación
Artículo 65 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación
Reglas 2.11.1 y 2.11.2 Resolución Miscelánea Fiscal
Ficha 103/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Artículos 3, 4 Bis, 12 fracción II, 105, 106 y 107 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo
Artículos 1, 2, 4, 17 fracción II, 23, 25, 29 fracciones X y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo
Artículos 8 y 26 del Código Fiscal del Estado de Hidalgo
Artículos 1, 2, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 15 fracción XXVII, 26 fracción XXII, y 32 fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda

Sustento legal para su cobro

Artículos 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf Artículos 1, 10, 13, 14 y 15 de la Ley de Coordinación Fiscal https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCF.pdf Cláusula Primera del Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Hidalgo https://s-finanzas.hidalgo.gob.mx/servicios/pdf/ProcuraduriaFiscal/16%20Convenio%20de%20Adhesion%20al%20Sistema%20Nacional%20de%20Coordinacion%20Fiscal.pdf Cláusulas Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Octava, Décima Cuarta y Décima Séptima del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado entre el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Hidalgo https://hacienda.hidalgo.gob.mx/files/servicios/pdf/ProcuraduriaFiscal/23%20Convenio%20de%20colaboracion%20administrativa%20en%20Materia%20Fiscal%20Federal.pdf Artículos 1, 4, 5, 6, 17-A, 20, 21, 65, 66 y 66-A del Código Fiscal de la Federación https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf Artículos 12 fracción II, 61, 71 fracción XXIV, 81, 105, 106 y 107 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo https://www.congreso-hidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/leyes_cintillo/Constitucion%20Politica%20del%20Estado%20de%20Hidalgo.pdf Artículos 1, 2, 4, 17 fracción II, 23, 25, 29 fracciones X y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo https://www.congreso-hidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/leyes_cintillo/Ley%20Organica%20de%20la%20Administracion%20Publica%20para%20el%20Estado.pdf Artículos 8 y 26 del Código Fiscal del Estado de Hidalgo https://www.congreso-hidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/leyes_cintillo/Codigo%20Fiscal%20del%20Estado%20de%20Hidalgo.pdf Artículos 1, 2, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 15 fracción XXVII, 26 fracción XXII, y 32 fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda https://hacienda.hidalgo.gob.mx/files/servicios/pdf/ProcuraduriaFiscal/2024/RISH%2024-04-24.pdf

Derechos del usuario ante la negativa o falta de respuesta

Las instancias o peticiones que se formulen a las autoridades fiscales deberán ser resueltas en un plazo de tres meses; transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, el interesado podrá considerar que la autoridad resolvió negativamente e interponer los medios de defensa en cualquier tiempo posterior a dicho plazo, mientras no se dicte la resolución, o bien, esperar a que ésta se dicte. Cuando se requiera al promovente que cumpla los requisitos omitidos o proporcione los elementos necesarios para resolver, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido. Artículo 37 del Código Fiscal de la Federación

Lugares para reportar presuntas anomalías de transparencia


Dirección:

Boulevard Luis Donaldo Colosio, 801, ., Colonia, Canutillo, Pachuca De Soto, Pachuca De Soto, Hidalgo.

Teléfono(s)

771-71-76000 Ext. 2412

Correo

claudia.leon@hidalgo.gob.mx

Otros

Centro de Atención Telefónica - 800-737-73-83 Horario de atención 9:00 a 16:30 horas. patriciabm@hidalgo.gob.mx

Áreas de atención


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Teléfonos

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Correo electrónico
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Responsable

Lic. Guillermo Rafael Huerta Meneses

Cargo

Subsecretaría de Ingresos

Teléfonos

771-717-60-00 Ext. 8915

Correo electrónico
guillermo.huerta@hidalgo.gob.mx
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