El pago a plazos es una modalidad que permite que los contribuyentes cubran las contribuciones estatales omitidas y sus accesorios, ya sea de forma diferida o en parcialidades, sin que dicho plazo exceda de treinta y seis meses tratándose del pago en parcialidades y de doce meses para el pago diferido. Se deben cumplir los requisitos señalados, incluyendo un pago inicial de cuando menos el 20% del monto total adeudado actualizado, la diferencia quedará financiada con una tasa de recargos sobre saldos, que va del 1.25% al 1.70%, según corresponda al número de parcialidades.
Personas físicas y morales que cuenten con créditos fiscales a cargo, en términos del Código Fiscal del Estado de Hidalgo, y quieran regularizar su situación fiscal.
.
.
15 dias
Corresponde a la establecida en la resolución que emita la autoridad fiscal
*Acuse de recibo o Folio de Solicitud. *Oficio de emisión de línea de captura. *F-7 (línea de captura) por concepto del pago inicial de cuando menos el 20%. *Resolución de autorización o de no autorización. *Formatos F-7 (líneas de captura) de las parcialidades autorizadas.
1. Solicitud firmada y dirigida a la persona Titular de la Dirección General de Atención al Contribuyente de la Secretaría de Hacienda, señalando lo siguiente: a) Nombre, denominación, o razón social del contribuyente, así como de quien promueva en su representación, de ser el caso. b) Clave de RFC. c) Número de REC. d) Domicilio fiscal en el territorio del Estado de Hidalgo, indicando el código postal. e) Domicilio para oír y recibir notificaciones ubicado en el Estado de Hidalgo, así como el nombre de los autorizados para tales efectos. f) Dirección de correo electrónico y número telefónico. g) Señalar la autoridad a la que va dirigido. h) En asunto: Se solicita pago en parcialidades o Se solicita pago diferido. i) Acreditar la representación legal del contribuyente mediante el Poder notarial correspondiente (original y copia simple para cotejo). j) Número de crédito por el cual se solicita el pago a plazos, con el importe de su integración. k) Manifestar si desea realizar un pago inicial mayor al 20% del adeudo actualizado, señalando en tal caso el porcentaje correspondiente. l) Señalar el número de parcialidades en que desea liquidar su adeudo (podrá ser hasta 36 parcialidades) o número de meses para pago diferido (hasta 12 meses). 2. Identificación oficial (Regla 1.1.6. Reglas de Carácter General en materia fiscal para el ejercicio 2025). 3. Comprobante de domicilio (Regla 1.1.7. Reglas de Carácter General en materia fiscal para el ejercicio 2025). 4. Acta Constitutiva y Poder Notarial, según sea el caso, inscritos ante el RPP con folio mercantil, para personal moral. 5. Copia del documento que contiene el crédito o la manifestación de que se trata de un crédito autodeterminado. 6. Garantizar el interés fiscal, o en su defecto solicitar la dispensa de la garantía, en términos de lo dispuesto por el artículo 23 del Código Fiscal del Estado de Hidalgo y el artículo 2 de la Ley de ingresos del Estado Libre y Soberano de Hidalgo para el ejercicio fiscal del año 2025. 7. Cubrir cuando menos el 20% del total del crédito fiscal actualizado, como pago inicial.
Dirección General de Atención al Contribuyente.
15 días hábiles, posteriores al cumplimiento de requisitos o al vencimiento del plazo del requerimiento.* *En caso de no cumplir con todos los requisitos, se le notificará de manera personal el requerimiento de información o documentación faltante, a fin de que en un plazo de diez días hábiles cumpla con los requisitos omitidos.
Resolución de autorización o de no autorización.
Este trámite/servicio no cuenta con inspector/verificador/visita
1. Para el pago diferido, la tasa de recargos será de 1.25% mensual. 2. Para el pago en parcialidades: *De 1 a 12 meses la tasa a aplicar será de 1.25%; *De 13 a 24 meses la tasa a aplicar será de 1.50%; *De 25 a 36 meses la tasa a aplicar será de 1.70%. 3. No podrá pagar bajo esta modalidad las contribuciones siguientes: *Contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas. *Cuando procediendo el pago a plazos, no se presente la solicitud de autorización correspondiente en los plazos establecidos y cuando dicha solicitud no se presente con todos los requisitos a que se refiere el artículo 45 del Código Fiscal del Estado de Hidalgo. 4. Las contribuciones no parcializables deberán pagarse en una sola exhibición.
{{ atencion.nombre +" - "+ atencion.municipio }}
{{ atencion.horario }}
{{ atencion.vialidad + " "+ atencion.vialidadnombre + ", No. Exterior: "+ atencion.noext.toUpperCase() + ", No. Interior: "+ atencion.noint.toUpperCase() + ", "+ atencion.asentamiento + " "+ atencion.asentamientonombre + ", "+ atencion.cp + " "+ atencion.localidad + ", "+ atencion.municipio + ", "+ atencion.entidad}}
{{ atencion.telefonos }}
Lic. Guillermo Rafael Huerta Meneses
Subsecretaría de Ingresos
771-717-60-00 Ext. 8915
¿Cuál es su grado de satisfacción con respecto a la información encontrada sobre el trámite/servicio?
¿Hay algún problema con la información de esta ficha?