Descripción: Solicitud de ofrecimiento de garantías del interés fiscal para los créditos fiscales que se ecuentren impugnados y en el Procediemiento Administrativo de Ejecución. Objetivo: Que las personas físicas y morales puedan garantizar el crédito fiscal a su cargo, así como tener la certeza del cobro del mismo a favor de la Entidad.
Personas Físicas y Morales que lo solicite.
3 meses
1 año de vigencia para todas las formas de garantaizar el interés fiscal.
Folio de solicitud y Resolución de aceptación de garantía del interés fiscal o de No aceptación.
A. En forma virtual 1) Ingresar al sitio www.hidalgo.gob.mx, en el apartado de "pagos" 2) Señalar en el buscador el servicio de “Garantías del interés fiscal estatal”. 3) Elegir la opción: “Pagar”. 4) Elegir la opción: “Nueva Solicitud”. 5) Acceder a la oficina virtual, conforme a lo señalado en la regla 1.1.1 6) Proporcionar los datos de contacto para que la autoridad le informe el avance de su trámite y seleccionar el tipo de garantía ofrecida. 7) Cargar a la plataforma los documentos digitalizados que se le soliciten respetando cada uno de los apartados y dar clic en el botón “Enviar”. Podrá omitir los que no correspondan a su caso, dando clic sobre el botón de “No aplica”. 8) Al final del listado de los documentos requeridos, encontrara el manifiesto de protesta de conducirse con verdad si está de acuerdo, de clic en “Aceptar”. 9) Al terminar de cargar los archivos, dar clic en el botón “Concluir solicitud”, en caso de no contar con toda la documentación al instante o desee proseguir en otro momento, cuenta con la opción de “Continuar más tarde”. 10) El sistema proporcionara un folio que será también enviado a través del correo electrónico proporcionado, con él podrá dar continuidad y/o verificar el estatus en que se encuentre su trámite en términos de lo señalado en la regla 1.1.5. 11) Posteriormente el personal de la oficina “Hidalgo Pagos” atenderá y validará la solicitud y documentos, de ser correcta, el contribuyente podrá generar una cita en términos de lo previsto en la regla 1.2 para concluir su trámite en las oficinas de la autoridad ejecutora. 12) En caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, dentro de los quince días hábiles siguientes, se le notificará de manera personal el requerimiento de información o documentación faltante en la solicitud, a fin de que en un plazo de quince días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación de dicho requerimiento, cumpla con los requisitos omitidos, en caso contrario no se aceptara la garantía. Si el contribuyente solventa correctamente el requerimiento, podrá entonces generar una cita en términos de lo previsto en la regla 1.2 para concluir su trámite en las oficinas de la autoridad ejecutora B. En forma presencial I. Escrito libre el cual deberá contener: - Nombre, denominación o razón social del o la contribuyente. - Clave del R.F.C. - Domicilio fiscal manifestado en el RFC. - Modalidad de garantía que ofrece. - Nombre de la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción. - Número de crédito fiscal que tiene a su cargo el o la contribuyente. - Dirección de Correo electrónico. - Firma del contribuyente o representante legal. - Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. II. Identificación oficial. III. En caso de representante legal, poder notarial para acreditar la personalidad o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público. IV. En caso de estar casado bajo el régimen de sociedad conyugal; original del escrito en que el cónyuge manifieste la aceptación para constituirse como obligado solidario, debidamente firmado; acta de matrimonio e identificación oficial vigente del cónyuge, (personas físicas). V. En caso de que el (los) bien (es) se encuentren en copropiedad, original del escrito del copropietario donde se manifieste la aceptación para constituirse como obligado solidario debidamente firmado y original de la identificación oficial vigente del copropietario, (personas físicas y morales). VI. En caso de persona moral, Acta Constitutiva debidamente inscrita ante el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio.
Subsecretaría de Ingresos
3 meses
Resolución de acepación de garantia del interés fiscal o de No aceptación
Este trámite/servicio no cuenta con inspector/verificador/visita
Siempre y cuando cumpla con los requisitos antes señalados, se aceptará la garantia, en caso contrario se le requerirá la información faltante, si el solicitante no cumple con el requerimiento se tendrá por no presentada la garantia.
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Licenciado Isaac Gardini Carrillo
Director de Ejecución Fiscal
771-717-60-00 Ext. 2821
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